La Justicia detiene la imposición de multas al Gobierno por la actualización de salarios docentes.

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Resolución de la Cámara Nacional de Apelaciones sobre la Actualización de Salarios Universitarios

La Sala III de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal ha aceptado la queja presentada por el Ministerio de Capital Humano en relación con la intimación a actualizar los salarios universitarios, que incluía apercibimientos de astreintes.

En este contexto, la Sala III decidió suspender de manera provisoria la aplicación de multas al Gobierno, tras la judicialización de la actualización de salarios para docentes y no docentes universitarios.

El juez Martín Cormick había impuesto una multa de 100 mil pesos diarios al jefe de Gabinete, Diego Santilli, por el supuesto “incumplimiento verificado” de la medida cautelar que obligaba a la actualización salarial y a garantizar el fondo destinado a becas, según lo estipulado por la Ley de Financiamiento Universitario.

El 22 de septiembre, este mismo juez otorgó un plazo de cinco días al Gobierno para que cumpliera con la ley, bajo la advertencia de astreintes. Sin embargo, el escrito presentado por el Ministerio de Capital Humano fue aceptado por la Cámara, lo que llevó a la suspensión provisional de las multas mientras se tramita la apelación.

Este fallo implica que la aplicación de las astreintes al jefe de Gabinete queda suspendida durante el proceso de apelación. Un funcionario del Gobierno dejó claro que la Cámara no se pronunció sobre los efectos de la resolución, pero al conceder el recurso de queja, se suspendieron las astreintes.

La sanción a Santilli fue impuesta días antes de la quinta Marcha Federal Universitaria, que tenía como objetivo reclamar la aplicación de la norma. La resolución afecta inicialmente al jefe de Gabinete, aunque el juez advirtió que podría modificar tanto el monto como los funcionarios obligados a cumplirla, después de haber emitido advertencias previas al Gobierno.

Desde diciembre de 2023, el Estado Nacional ha argumentado que los incrementos salariales han elevado la mejora acumulada de los salarios universitarios al 226,80 %, superando la cifra del 226,40 % correspondiente al período mencionado.

Contexto de la Cautelar Judicial

La medida judicial establece que las remuneraciones del personal docente y no docente de las universidades públicas deben ajustarse de acuerdo con la variación del Índice de Precios al Consumidor entre enero de 2023 y julio de 2025, lo que representaría un aumento del 40,25 % sobre los salarios básicos liquidados en julio de 2025.

Además, la ley especifica una actualización mensual de los haberes según la inflación y una recomposición de las becas estudiantiles, obligaciones que el juez ha considerado no cumplidas hasta el momento.

La cautelar permanece vigente mientras la Cámara analiza el expediente principal, que discute la validez del decreto 759/2025, el cual condiciona la implementación de la Ley de Financiamiento Universitario. Cormick ha concedido la apelación presentada por el Estado, que cuestiona la inconstitucionalidad de una cláusula del decreto, pero ha desestimado la solicitud de efecto suspensivo de la medida.

El Consejo Interuniversitario Nacional ha solicitado la aplicación de las multas, argumentando que el Estado “continúa sin cumplir la medida cautelar”, que ha sido confirmada por la Corte Suprema de Justicia de la Nación el 25 de junio de 2026. Se recordó que el plazo inicial de cinco días venció el 22 de septiembre y que fue prorrogado sin que se registraran los pagos requeridos.

El Gobierno ha expresado que la resolución judicial impacta negativamente en el funcionamiento del Estado, obligándolo a realizar pagos sin tener claridad sobre las sumas adeudadas ni el alcance de las obligaciones. Por lo tanto, solicitó que la apelación detuviera los efectos de la cautelar, pedido que fue rechazado por el magistrado.

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